1. Como órgano académico de servicio, el Instituto de la Judicatura trabaja en función de los objetivos del Poder Judicial, para mejorar la administración de justicia.
2. Se favorecerá la planificación como herramienta estratégica en todos los procesos institucionales.
3. A la culminación de una gestión, se aplicará un proceso de autoevaluación institucional.
4. Mejorar, adecuar y perfeccionar los procedimientos administrativos internos, hacia una mayor simplificación, orientando sus resultados hacia un mejoramiento permanente.
5. Potenciar los procesos y actitudes individuales de la comunicación interna práctica, entendida como parte esencial de la gestión administrativa y académica delInstituto de la Judicatura de Bolivia, que promueva el compromiso de los servidores.
6. Las decisiones trascendentales institucionales serán adoptadas de manera colegiada, ocasionalmente con conocimiento y contribución de los servidores de categoría directiva del Instituto.
7. Toda publicación del Instituto de la Judicatura deberá ser registrada con derecho de autoría a favor del mismo, respetando lo dispuesto por la Ley de Derechos de Autor.
8. Las publicaciones que realice el Instituto, serán clasificadas por serie, e independientemente del formato que se utilice, llevarán como crédito solamente el nombre de la institución, sin hacer referencia a los responsables del procesado.
Se exceptúa de lo anterior los trabajos de investigación que promueva el Instituto, donde se insertará necesariamente el nombre del investigador o de los investigadores.
9. Teniendo como base de las fortalezas y capacidades promover, implantar y potenciar acciones que orientan una contribución al mejoramiento del Sistema Judicial Boliviano, el Instituto emprenderá proyectos relacionados con la justicia de paz y comunitaria, que permitirán mejorar la formación de los aspirantes a Jueces y a Jueces en ejercicio, así como a jueces de paz y líderes de comunidades originarias.
10. Todo proceso de comunicación formal interna debe transitar por los conductos regulares.
11. Ante los medios de comunicación, existe un portavoz oficial, que recae en la Dirección General.
12. Todos los materiales de estudio que proporciona el Instituto de la Judicatura a los participantes del Poder Judicial, independientemente del formato utilizado, tiene carácter gratuito.
13. La estructura adoptada tiene carácter flexible e inteligente, que permite adaptarse a los cambios del entorno.
14. A fin de brindar un servicio de capacitación y formación armónico con las necesidades del Poder Judicial, el presupuesto con destino a este fin estará centralizado y administrado en el Instituto de la Judicatura de Bolivia.
15. En correspondencia con la definición del Instituto de la Judicatura como una unidad de servicio académico del Poder Judicial, no es su función principal la generación de recursos para autofinanciamiento, sin embargo, algunas actividades estarán orientadas a la generación de recursos a través de la venta de servicios a terceros, que serán utilizados en el propio objetivo institucional.
16. El Instituto realizará esfuerzos para la diversificación de fuentes de ingreso de cooperación internacional, orientados de manera específica al cumplimiento del presente plan estratégico.
17. La utilización de los recursos puestos a disposición del Instituto de la Judicatura serán aplicados de manera austera y equilibrada entre los diferentes distritos del país.